Los Planes de Pensiones son productos financieros de ahorro a largo plazo que tienen un carácter finalista, es decir, están diseñados para cubrir determinadas contingencias, principalmente la jubilación. Se trata de un productos de carácter complementario que, de ninguna manera, podrá sustituir al sistema público de pensiones, por lo que ningún contratante o trabajador pueden renunciar a sus derechos y obligaciones con la Seguridad Social al hacerse partícipe de un plan de pensiones.
Las aportaciones a un plan de pensiones suelen ser flexibles en cuanto al importe, (hasta un tope de 8.000 euros anuales), periodicidad y modo. El titular, una vez jubilado en el régimen de la Seguridad Social, es el que decide como desea recuperar el dinero. No obstante, el cobro de la prestación puede anticiparse en algunos casos como fallecimiento del titular, incapacidad laboral total y permanente, enfermedad grave acreditada con un certificado médico de la Seguridad Social o de una entidad concertada y paro de larga duración, cuando el titular se encuentre en situación de desempleo durante un periodo continuado superior de 12 meses.
Los Fondos de Pensiones, por su parte, son patrimonios, sin personalidad jurídica, creados para dar cumplimiento a los Planes de Pensiones integrados en él. Se podría decir que son un tipo particular de fondos constituidos por las aportaciones de los partícipes de los Planes que lo componen, más los rendimientos obtenidos en sus inversiones. Esto quiere decir que los fondos no son más que instrumentos financieros mediante los cuales se canalizan los distintos flujos monetarios generados por los planes.
Es importante tener en cuenta que los fondos de pensiones no disponen de personalidad jurídica propia, sino que son administrados por una Entidad Gestora, que sus títulos son custodiados por una Entidad Depositaria y que la supervisión de ellos corresponde a un organismo dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad llamado Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Para resumir lo dicho anteriormente de manera sencilla, se puede decir que una persona que busque ahorrar para el momento en que se jubile se decante por hacerlo a través de un plan, verá que el dinero que asigna a dicho plan se invierte a través de un fondo.